Agencia de colocación - Castilla la Mancha 0700000105
Acción contra el Hambre en España trabaja por la inclusión sociolaboral de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Nuestra oorganización trabaja las competencias necesarias para encontrar un empleo o emprender un negocio a cualquier de estas personas.
Con el propósito de trabajar con las personas en siutación de vulnerabilidad, y atender al mayor número posible, desde las oficinas territoriales se desarrollan estrategias de intervención adaptadas a cada territorio estableciendo alianzas estratégicas con los principales actores, y llevando a cabo servicios y proyectos complementarios a los programas de Vives Emplea, Efecto Emplea, Vives Emprende y Generación IN.
La agencia de colocación de Acción contra el hambre en Castilla La Mancha (nº registro 0700000105), surge con el propósito de prestar servicios de intermediación entre las personas trabajadoras desempleadas y empresas, poniéndolos en contacto, así como otro tipo de servicios dentro del ámbito de la mejora de la empleabilidad: orientación laboral, mediante atención individualizada y grupal, derivación a aquellos proyectos adecuados que contribuyan a la mejora de la empleabilidad.
En todos los servicios prestados se garantiza la gratuidad de los mismos.
Dirección, teléfono de los centros de atención de los que disponemos que paso a relacionarte (el horario de atención es de 10.00h a 14h de lunes a jueves):
- TOLEDO C/ Dinamarca, 4 45005 | Teléfono: 682 517 616 | email: yloire@accioncontraelhambre.org
- ILLESCAS C/ Paseo del cementerio, s/n 45210 | Teléfono: 683191548 | email: dsesena@accioncontraelhambre.org
- SESEÑA C/ Blasco Ibáñez, 10 45223 | Teléfono: 682920690 | email:msenra@accioncontraelhambre.org
- FUENSALIDA C/ Ntra. Sra. Soledad, 4 45510 | Teléfono: 629420606 | email:mgimenez@accioncontraelhambre
Apúntate a nuestro programa de empleo: www.vivesemplea.org
Las Agencias de Colocación están reguladas por el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, en su artículo 2 se entenderá por agencias de colocación aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.
A este fin las agencias de colocación valorarán los perfiles, aptitudes, conocimientos y cualificación profesionales de las personas trabajadoras que requieran sus servicios para la búsqueda de empleo y los requerimientos y características de los puestos de trabajo ofertados. Estas agencias de colocación podrán desarrollar también actuaciones relacionadas con la búsqueda de empleo, tales como orientación e información profesional, y con la selección de personal.